BASES PROGRAMA AYUDA A LA CONTRATACIÓN

1.-OBJETO DE LA CONVOCATORIA. La presente convocatoria tiene por objeto establecer el procedimiento a seguir para la contratación de personas que resulten destinatarias finales del Programa Ayuda a la Contratación 2022 (PREVENCIÓN EXCLUSION -PLAN ACTUA)
2.-PERSONAS DESTINATARIAS
Personas en edad laboral que se encuentren en una o varias de las siguientes situaciones:
• Personas en riesgo de exclusión social que vivan solas.
• Personas pertenecientes a unidades familiares que tengan menores o personas dependientes a su cargo.
• Miembros de unidades familiares en las que convivan jóvenes que tengan dificultades económicas para continuar sus estudios universitarios o ciclos formativos de grado medio o superior.
• Mujeres en situación de riesgo o proclives a desembocar en situaciones de exclusión social, con carácter preferente víctimas de violencia de género.
• Miembros de otras unidades familiares no contempladas en los puntos anteriores y que cumplan con los requisitos que se establecen en el siguiente apartado.
Tendrán prioridad aquellas personas que no hayan sido destinatarias del Programa en los tres años anteriores al año 2022. Y en el caso de que existiera crédito suficiente, también se podrán incluir aquellas personas que cumpliendo los requisitos hayan sido destinatarias en años anteriores hasta agotar el mismo.

3.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS DESTINARIAS FINALES
El/la Trabajador/a Social municipal tras la debida comprobación, emitirá con carácter preceptivo un Informe Social en el que hará constar el cumplimiento por las personas interesadas de los requisitos socioeconómicos, que a continuación se relacionan. Dicho informe social será previo a la propuesta de las personas destinatarias finales que emita la Comisión Técnica, que estará formada por los/as técnicos que se determinen.

Las personas destinatarias finales de estas subvenciones deberán cumplir los siguientes REQUISITOS:
1. Estar empadronada en la entidad local de la provincia de Sevilla que realiza la contratación a fecha de 1 de enero de 2022. También podrán ser destinatarias personas o familias que no cumpliendo con este requisito, cuenten con circunstancias excepcionales de emergencia debidamente justificadas.
2. Acreditar la situación de desempleo.
3. Pertenecer a una unidad familiar en los siguientes umbrales económicos referidos al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
IPREM mensual 579,02€ IPREM anual 6.948,24 €
 Unidades Familiares de 1 solo miembro hasta 1,5 veces IPREM (868,53€/mes)
 Unidades Familiares de 2 miembros hasta 1,8 veces IPREM (1.042,23€/mes)
 Unidades Familiares de 3 miembros hasta 2,1 veces IPREM. (1.215,94€/mes)
 Unidades Familiares de 4 miembros hasta 2,4 veces IPREM. (1.389,64€/mes)
 Unidades Familiares de 5 miembros hasta 2,7 veces el IPREM.(1.563,35€/mes)
 Por cada miembro de la Unidad familiar a partir del 6º, se aumentrá el 0,30 veces el IPREM
Los ingresos a tener en cuenta deben referirse a la media de los 6 meses anteriores a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitud por los interesados.
A los efectos de este Programa, se entiende, por unidad familiar:
 Matrimonios, parejas de hecho o personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y, si los hubiere:
1. Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientemente de éstos.
2. Los hijos solteros menores de 25 años y mayores con incapacidad acreditada. En los casos en los que el solicitante fuera el hijo mayor de 25 años con discapacidad acreditada, si este conviviera con sus padres y hermanos menores de 25 años sin cargas familiares, se considerará unidad familiar el conjunto de todos ellos. En los casos de separación legal, la formada por el padre y/o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados en el punto anterior.

 Los menores de 25 años que tengan cargas familiares serán considerados unidades familiares independientes, aunque pertenezcan a una unidad de convivencia junto con otras personas.
 No se considerarán incluidos en la unidad familiar a otros miembros de la familia extensa, aunque formen parte de la misma unidad de convivencia
 Ninguna persona podrá formar parte de más de una unidad familiar.
 Solo se podrá presentar una solicitud por unidad familia .
La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de presentación de la solicitud.

4.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACION
-Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado Anexo I en el Centro de Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Fuentes de Andª
-El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, contados desde el 8 al 21 julio
-El modelo de solicitud (Anexo I) será facilitado en las oficinas de Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía , sita en C/ General Armero nº 131 .Edificio La Huerta.
-La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
□ Fotocopia del D.N.I / NIE de la persona solicitante, del cónyuge o pareja e hijos mayores de 16 años
□ Fotocopia del libro de familia y acreditación de tutela, guarda o acogimiento
familiar, en su caso.
□ Título de familia numerosa, en su caso.
□ Fotocopia de la matrícula de estudios ,en caso de jóvenes universitarios o de ciclo formativo
□ Certificado de discapacidad o situación de Dependencia
□ Documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género
□ Fotocopia de la Tarjeta de demanda de empleo del solicitante.
□ Acreditación de los ingresos económicos de la unidad familiar durante los 6 meses a la presentación de la solicitud: nóminas, certificado de empresa, declaración jurada ,resolución de prestaciones, pensiones.
□ Vida Laboral
Este Ayuntamiento está facultado para que en la determinación mediante Informe Social de su situación para ser beneficiario/a del programa, recabe la información y documentación acerca de los mismos que se estime pertinente para comprobar dicha situación.

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